El Congreso de la República peruana aprobó este jueves, en segunda votación, un proyecto de ley que propone la prescripción de delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos antes del año 2002. La Comisión Permanente completó el proceso con una votación nominal, con 15 legisladores a favor y 12 en contra.
La única parlamentaria que se pronunció durante la sesión semipresencial fue Isabel Cortez, de la bancada Cambio Democrático-Juntos por el Perú, quien expresó críticas hacia la iniciativa, afirmando que «se está queriendo borrar toda nuestra historia» y sugiriendo que no debería ser aprobada por tener «nombre y apellido», sin especificar a quién se refería.
Organizaciones de derechos humanos han señalado que la ley podría beneficiar al expresidente peruano Alberto Fujimori. Su abogado anticipó que, de promulgarse, la norma se aplicaría en su favor.
El dictamen, previamente aprobado en primera votación el mes pasado, ahora pasará al Ejecutivo para su revisión. La presidenta Dina Boluarte puede decidir observarlo o sancionarlo.
Contexto Histórico y Jurídico
La Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, adoptada en 1968, establece que estos crímenes son imprescriptibles, independientemente de cuándo se hayan cometido. En Colombia, por ejemplo, la acción penal es imprescriptible para los delitos de lesa humanidad, el genocidio y los crímenes de guerra hasta que se individualice y vincule a un proceso al presunto responsable.
El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que también establece la imprescriptibilidad de estos crímenes, se incorporó al ordenamiento jurídico peruano el 1 de julio de 2002. El proyecto de ley aprobado en el Congreso busca anular las condenas anteriores a esa fecha, lo que ha generado controversia y preocupación.
Impacto en el Caso Fujimori
El expresidente Alberto Fujimori fue condenado a 25 años de prisión por los casos Barrios Altos y La Cantuta. En diciembre de 2023, fue liberado por razones de salud. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha instado al Estado peruano a no aplicar la ley para proteger el derecho de acceso a la justicia de las víctimas.
Posiciones y Reacciones
El segundo vicepresidente del Congreso, Waldemar Cerrón Rojas, votó en contra del proyecto, alineándose con la posición de la Corte IDH. En contraste, el jefe del Consejo de Ministros de Perú, Gustavo Adrianzén, manifestó su indignación por la medida cautelar de la Corte IDH contra el dictamen, cuestionando la injerencia en las funciones constitucionales de los poderes del Estado peruano.
Argumentos a Favor y en Contra de la Imprescriptibilidad
Argumentos a favor de la imprescriptibilidad:
- Gravedad de los Crímenes:
- Los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra son de extrema gravedad, atentando contra la dignidad y valor de la persona humana.
- La imprescriptibilidad garantiza que los responsables no escapen de la justicia debido al paso del tiempo.
- Norma de Derecho Internacional General (Ius Cogens):
- La imprescriptibilidad de estos crímenes se considera una norma de derecho internacional general (ius cogens), reconocida en la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad.
- Esto significa que es imperativa e inobjetable en el derecho internacional.
Argumentos en contra de la imprescriptibilidad:
- Principio de Legalidad y Tipificación Literal:
- Algunos argumentan que, dado que los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra no están tipificados de manera literal en el ordenamiento jurídico peruano, no deberían utilizarse como base para juzgar o condenar a las personas.
- Argumentan que la imprescriptibilidad podría afectar la seguridad jurídica y el principio de legalidad.
- Opiniones Contrapuestas:
- La discusión sobre la imprescriptibilidad se ha reavivado en el Perú, y hay opiniones divergentes.
- El Tribunal Constitucional ha seguido la tesis de la Corte IDH, considerando irrelevante la fecha de ratificación de la Convención para establecer la regla de imprescriptibilidad.